Vigilancia Fija
Resolución 202041000194997 SVSP

< Actividades del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada desarrolladas por Vigilantes de seguridad armados o no armados dentro de un entorno, horario y lugar especificado.
Definida en el Art.6 numeral 1. Decreto Ley 356 de 1994 de la Súper Intendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de Colombia. “Es la que se presta a través de vigilancia o de cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas o a bienes muebles o inmuebles en un lugar determinar. Modalidad de Vigilancia Fija. Actividad técnica-laboral, realizada por Guardas de Seguridad, armados o no armados, de acuerdo con los planes de contingencia del lugar y su entorno, con capital humano apto mediante valoración psicofísica, expedida por entidades competentes y certificados por instituciones privadas y/o públicas especializadas en vigilancia y seguridad privada.
Servicio garantizado con equipos técnicos e idóneos, en los que se encuentra armamento, accesorio de disuasión debidamente autorizados y equipos de comunicación permanentemente enlazados con la Policía Nacional.
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Excelencia
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Responsabilidad
Propuesta Comercial
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